Disposición se suma a portabilidad numérica en móviles que ya rige en todo el Perú
- Proveedores de servicios de telefonía fija competirán por ofrecer mejores servicios con valores agregados por encima de los precios
- En un año tarifas se reducirán en un 20%
- Optical Networks estima incrementar en 500% sus líneas fijas corporativas con esta normativa
Lima, Perú.- La portabilidad numérica para telefonía fija que entró en vigencia a partir del 26 de Julio pasado y oficialmente desde este mes de setiembre de 2014, permitirá que un usuario mantenga, de forma gratuita, el número de teléfono asignado para su vivienda o para su empresa, aunque cambie de operador. La medida se suma a la portabilidad numérica para móviles, que rige desde el 2010.
Iván Chumo, Gerente General de Optical Networks, compañía especializada en brindar servicios de telecomunicaciones e Internet para el sector corporativo, destacó que la portabilidad numérica fija traerá tres beneficios muy definidos: dinamizará el mercado de la telefonía fija permitiendo que estas se reduzcan en un 20%, dará al abonado la libertad de elegir a un operador conservando su número y presentará una redistribución de las líneas fijas entre todos los operadores de telefonía, mejorando servicios y tarifas.
Según Chumo, de las 18 operadoras de telefonía fija, solo dos de ellas concentran el 86% del mercado. “En los últimos años, el mercado de la telefonía fija ha estado en un estado aletargado y disminuido frente al auge de la telefonía móvil. Esto significa que, con la nueva disposición en telecomunicaciones, las compañías del rubro van a tener que esforzarse para otorgar mejores servicios, tarifas, planes, atención postventa, mantenimiento y valores agregados, etc., haciendo que exista una real competencia en el país”.
Optical Networks cuenta con 10 años en el mercado y es considerado el primer proveedor de Internet más veloz del Perú. “Esta experiencia nos sirve como un importante respaldo al servicio de la portabilidad numérica y al momento de ofrecer nuevos servicios como los de telefonía fija corporativa”, afirmó Chumo.
Por su parte Rafael Samanez, Gerente de Telefonía de Optical Networks, anunció que su empresa ha ingresado este año a ofrecer servicios con alto valor agregado en el sector de telefonía fija corporativa, con orientación a la satisfacción plena del usuario final basada en tres pilares fundamentales: servicio de alta calidad, facturación clara y soporte inmediato,
Asimismo, enfatizó que sus actuales clientes son empresas privadas y públicas en Lima y algunas localidades de Tacna que cuentan con servicios de Internet y transmisión de datos, y a las cuales se les está ofreciendo este nuevo servicio. “Actualmente Optical Networks cuenta con mil líneas de telefonía en servicio, y esperamos llegar este fin de año a las 5 mil líneas”, enfatizó.
Optical Networks anunció que esperan en poco tiempo ingresar a más regiones con sus servicios corporativos de Internet y telefonía fija, conforme avancen proyectos de inversión como la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica.
Portabilidad numérica de líneas fijas corporativas
Las empresas operadoras están obligadas a informar sobre la gratuidad de la portabilidad numérica fija, los plazos máximos del proceso de portabilidad, los requisitos para portar su número telefónico y la oferta comercial. Asimismo, sobre la posibilidad de que existan montos generados por término anticipado del contrato de servicio con su ex operador y que la cancelación de su servicio de telefonía no afecta otros servicios empaquetados.
La portabilidad numérica de líneas fijas atravesó un proceso de adecuación de los sistemas informáticos con los que trabajan los operadores para que interactúen con el nuevo administrador de base de datos centralizado de portabilidad (Iconectiv). Este proceso se llevó a cabo bajo la dirección y gestión del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La aplicación de la portabilidad numérica fija se realiza de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29956, publicada en el mes de diciembre del año 2012.